Normativa para el uso de drones en playas: todo lo que necesitas saber

Para poder utilizar los dispositivos de vuelo en las playas de forma profesional y sin restricciones, es necesario conocer en profundidad la normativa para drones establecida por la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea).

El vuelo de drones de forma recreativa o profesional está reglamentado por el Decreto 1036/2017 a través del cual se regula el empleo civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, que modifica el antiguo Decreto 552/2014 y el Decreto 57/2002 que aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.

La antigua ley no contemplaba demasiados escenarios operacionales posibles para los vuelos de drones y limitaba estrictamente su empleo en los espacios aéreos, dejando sin reglamentación completa a un sector en pleno auge: la realización de vuelos en ciudades y en grandes aglomerados de personas estaba prohibido, así como los vuelos nocturnos y el desplazamiento de los aparatos fuera del alcance visual.

La normativa de drones actual de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea amplía estas posibilidades, promoviendo la ejecución de los vuelos profesionales, siempre y cuando se ajusten a las normas de seguridad y requisitos establecidos.

Qué debes saber de la normativa de drones en playa

La normativa española sobre el control remoto de aeronaves, publicada en el boletín oficial del Estado en el mes de diciembre de 2017, augura un nuevo escenario para los profesionales  de drones y aquellas empresas que necesitan de ellos para optimizar sus servicios dado que introduce nuevas oportunidades que hasta ese momento era imposible alcanzar.

Algunos ejemplos son la permisividad bajo regulación de vuelos nocturnos, vuelos en las ciudades y en espacios aéreo controlado, vuelos de alcance visual aumentado y más allá del alcance visual

Estas características de permisividad y regulación, permiten utilizar los drones en las playas con el objetivo de aumentar la capacidad de respuesta de los equipos de salvamento a la hora de realizar tareas de rescate de víctimas en situación de ahogamiento. La normativa de drones es clara y hace referencia a las distintas actividades o situaciones en las cuales es viable el empleo de esta tecnología, más allá de su uso como medio para el entretenimiento.

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¿Cuál es la normativa de drones profesionales?

Es importante conocer detalladamente la normativa y legislación española para el correcto empleo de estos dispositivos de vuelo. A continuación repasamos cada uno de los puntos que se detallan en el Decreto Estatal que la contiene. 

Certificación y documentación necesaria

A diferencia de las personas que utilizan drones como actividad recreativa y que no necesitan certificación para dirigir aeronaves, quienes deseen realizar un desempeño profesional deben contar con licencia de piloto de forma obligatoria, donde acreditarán conocimientos teóricos y prácticos en una evaluación rigurosa para obtenerla. Además deberán autentificar un certificado médico para manipulación de drones menores a 25kg (Clase LAPL) o para dispositivos mayores a 25kg (Clase II). 

Hoy, varios centros de formación y academias expiden este tipo de certificación que luego será validada por AESA y permitirá estar dado de alta como operador de la Agencia Estatal. También será importante contar con un seguro de responsabilidad civil frente a accidentes o desenlaces imprevistos que pudieran ocurrir. 

Por su parte, la aeronave también deberá contar con identificación. Para ello tendrá que llevar adjunta una placa ignífuga identificatoria con información grabada, troquelada o estampada donde se constate de forma legible, el nombre del fabricante con su número de serie, el tipo y modelo correspondiente así como el nombre del operador y la información de contacto.

Vuelos en zonas urbanas y en aglomeraciones de personas

Los sobrevuelos en ciudades y en espacios con grandes urbes de personas están permitidos en esta nueva legislación aunque se deben respetar ciertas condiciones y regulaciones específicas como:

  • Masa máxima de 10 kilos al momento del despegue del dispositivo.
  • La operación debe ser ejecutada dentro del alcance visual del piloto (VLOS).
  • El espacio donde sobrevolará la aeronave debe estar delimitado y acordonado por la autoridad competente y mantener distancia de unos 50 metros con las personas. En casos donde el dispositivo necesite desplazarse con mayor libertad, deberá mantener una distancia de al menos 50 metros como mínimo con cualquier estructura o edificación. 
  • El dron deberá contar con sistema de limitación de energía como paracaídas, airbag u otro con la finalidad de minimizar el impacto en caso de ocurrir una caída.
  • La AESA deberá emitir una autorización posterior a la realización de un estudio de seguridad aeronáutica.

En el caso de Auxdron, el procedimiento operacional no se realiza sobre aglomeraciones de personas o sobre zonas que integran un casco urbano, por esta razón la implantación del dron en las playas es muy sencilla. 

Escenarios de operatividad de drones

En España existen áreas que no poseen restricciones para drones, otras en las cuales está totalmente prohibido volar dispositivos, mientras que algunas están sujetas a muchos permisos y restricciones. Se trata de espacios denominados zona de control (CTR), zonas de vuelo, espacios aéreos, TSA, entre otros.

Las zonas se dividen en las siguientes categorías:

  • Zonas restringidas/protegidas: se trata de sitios históricos, zonas arqueológicas, parques nacionales y espacios que pueden sufrir perjuicios. Excepcionalmente pueden ser sobrevolados bajo un estricto control y permiso.
  • Zonas prohibidas: refiere a zonas militares, aeropuertos, casas de gobierno, bases navales, entre otras.
  • Zonas peligrosas: en estos espacios se halla actividad industrial, eléctrica o nuclear que prohíbe el paso de aeronaves.
  • Zonas sensibles: se trata de sitios con alto riesgo de daño a la flora y fauna catalogada como en vías de extinción o que son empleadas como corredor migratorio de aves.
  • CTR: refiere a zonas de control aéreo que circundan aeropuertos.
  • Zonas restringidas al vuelo fotográfico: son sitios restringidos por motivos de privacidad y seguridad y es inviable el uso de cámaras o videos.

La nueva normativa de drones ha aceptado nuevos escenarios donde se vislumbra una mayor libertad en el sobrevuelo de esta tecnología. 

Tal es el caso de los vuelos nocturnos con finalidad profesional que antes no eran permitidos. Para obtener el permiso es necesario obtener una autorización por parte de AESA quien evaluará la petición, la cual debe incluir un estudio y trayectoria planificada de la utilización del drone.

Además, obligatoriamente el aparato no debe tener un peso superior a 10 kg y deberá contar con colores visibles y luces que permitan identificarlo a simple vista.

Por otra parte, la legislación permite vuelos en espacios aéreos controlados en horario diurno, mediante una autorización emitida por AESA quien evalúa mediante un estudio de seguridad el recorrido que realizará el operador del dron. El operador deberá estar habilitado como radiofonista con el fin de hablar correctamente el idioma que emplea el equipo de control.

En cuanto a los vuelos fuera de alcance visual, la normativa de drones los ha habilitado bajo la exigencia de un equipamiento de sistema de rastreo en drones con un peso superior a los 2 kg con el objetivo de localizar a otros dispositivos de vuelo y evitarlos. Además, deben realizarse en ámbitos despejados de edificios y personas y el operador debe contar con estudios de seguridad sujetos al NOTAM.

Los vuelos dentro del alcance visual aumentado también se incluyen como nuevo escenario en la normativa vigente y es posible realizarlo mediante contacto visual directo u observados por terceras personas que formen parte del equipo de control del dispositivo. En este caso, la ley los obliga a adoptar una distancia en la cual la transición de un área a otra pueda observarse fácilmente por parte del guía visual suplementario quien debe estar acreditado con estudios pertinentes.

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Todos estos nuevos escenarios de vuelo deben ser autorizados y acreditados previamente por la AESA.

Requisitos para implantar un dron en tu playa de acuerdo a la normativa

Es necesario que previamente a la implementación de vuelos de drones en tu playa, cuentes con la reglamentación necesaria y el equipo de control del dispositivo cumpla con los requisitos que exige la nueva normativa de drones vigente.

Para implementar un dron en la playa deberás contar con estas recomendaciones, es oportuno contar con políticas o documentación de privacidad que puedan demostrar a personas interesadas en proteger su intimidad, que el empleo de drones en la playa tiene una finalidad pura y exclusivamente de vigilancia y socorro de personas en el mar y no así de divulgación de imágenes. 

También se debe tener en cuenta que, a partir de enero del 2021, el marco regulatorio Europeo para operaciones con drones cambiará, por lo que se modificará la normativa del vuelo de drones profesionales.

Finalmente, no se debe olvidar que  el empleo de drones contribuye a colaborar con las funciones de los socorristas y asegurar la seguridad de los bañistas.